El Juzgado nos da la Cueva de los Verdes

La justicia falla a favor del Ayuntamiento, aunque la sentencia no es firme

 

hoja_738_joseTorresEl alcalde, emocionado, ha manifestado: «he soportado de todo, pero ha merecido la pena»

 

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Después de cuatro años de litigio, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, número 5, de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado sentencia a favor del Ayuntamiento de Haría, condenando al Cabildo de Lanzarote a cesar en el uso y disfrute de la Cueva de Los Verdes, así como a restituir inmediatamente la posesión de dicho bien al Consistorio norteño.

 

Además, la Corporación insular deberá abonar al Ayuntamiento, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, el 100% de los ingresos obtenidos por la venta de entradas en la Cueva de Los verdes desde el 25 de noviembre de 2010, fecha en la que el Cabildo debía abandonar la explotación de dicho bien al declarar el pleno del Ayuntamiento de Haría, el 19 de noviembre de 2010, resuelto y extinguido el acuerdo existente entre ambas instituciones, más los intereses correspondientes, unos ocho millones de euros aproximadamente, que si pasamos a las antiguas pesetas ascienden a unos mil seiscientos millones, hasta que se haga efectiva la restitución de su posesión.

 

hoja_738_cuevaA lo largo de estos cuatro años, la primera Institución ha utilizado diferentes estrategias procesales para impedir que el Juzgado dictara sentencia, primero declarando que el Juzgado donde se había presentado el recurso-contencioso no era competente, para pedir posteriormente la suspensión del procedimiento hasta que no se resolviese el pleito del inventario de bienes del Cabildo, que el Ayuntamiento recurrió al incluir la Cueva de Los verdes y los Jameos como propiedad de la Corporación insular.

 

A pesar de todo los obstáculos que ha tenido que sortear el Ayuntamiento de Haría, el Juzgado ha reconocido la legalidad de la actuación del Consistorio, confirmando que los contratos han de cumplirse con sujeción a lo pactado y que el Cabildo ha incumplido reiteradamente esta obligación al no abonar las cantidades acordadas por la explotación de un bien de titularidad municipal. “A pesar de que la sentencia es recurrible ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Haría se encuentran valorando y velando por los intereses de nuestro municipio, desde la responsabilidad que ello conlleva. Pasadas las fiestas de Carnaval explicaremos a los vecinos los pasos a seguir”, ha declarado el alcalde de Haría, José Torres Stinga.

 

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