El Juzgado no admite a trámite el recurso de la EPEL a la sentencia de la Cueva de Los Verdes

hoja_745_cuevaEl Ayuntamiento de Haría comunica que le ha sido notificada la providencia de fecha 17 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, por la que no ha lugar a la admisión a trámite del recurso de apelación interpuesto por la Entidad Centros de Arte, Cultura y Turismo (EPEL) ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en relación a la sentencia sobre la Cueva de los Verdes.

La magistrada Mercedes Martín señala que dicho órgano judicial se pronunció ya en fecha 5 de mayo de 2014 y 31 de julio de 2014 sobre la no admisión de tener como parte ni personado a dicho ente en el conflicto de la Cueva de Los Verdes, «al no haber sido demandada por la recurrente ni emplazada en el procedimiento por la administración», por lo que resuelve que tampoco cabe ahora recurso de apelación.

 

Este recurso se suma al que presentó el propio Cabildo de Lanzarote ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra la sentencia que dio la razón al Ayuntamiento de Haría, obligando a la primera Corporación a abandonar este centro y a pagar una indemnización millonaria al Consistorio norteño. Cabe recordar que tras la demanda presentada inicialmente por el Ayuntamiento de Haría en relación a la Cueva de Los Verdes, el Cabildo figuraba como único demandado en el procedimiento.

 

No obstante, después de que el Juzgado rechazara los argumentos de defensa de la Corporación insular, al entender que habían sido presentados fuera de plazo, la EPEL sí intentó personarse en la causa, rechazando el Juzgado esa pretensión, decisión que ha vuelto a ser ratificada por la juez.

 

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