Bases de participación de Carrozas y Coches en el coso del Carnaval Haría 2018

“BASES PARA LA PARTICIPACIÓN DE CARROZAS Y COCHES ENGALANADOS EN EL COSO DEL CARNAVAL MEDIEVAL DE HARÍA 2018”

 

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PROCESO DE INSCRIPCIÓN

Primero. Podrán participar las personas, empresas o entidades que previamente lo soliciten por Registro en el Ayuntamiento de Haría, sito en calle Plaza de la Constitución nº 1, mediante el cumplimiento del formulario presentado como ANEXO I: FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

 

Segundo. El plazo de inscripción se establece entre las 08:00 horas del día 29 de enero de 2018 hasta las 14:00 horas del día 16 de febrero de 2018.

 

Tercero. Una misma persona física no podrá ejercer la representación ni ser interlocutor con la administración organizadora de más de una carroza o coche engalanado, siendo esta la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Haría, de tal modo que para cada carroza o coche engalanado se definirá una PERSONA RESPONSABLE, quién firmará el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN (Anexo I), la DECLARACIÓN JURADA (Anexo II) y la DECLARACIÓN RESPONSABLE (Anexo III).

 

Cuarto. El RESPONSABLE DE LA CARROZA O COCHE ENGALANADO (persona mayor de edad bajo la que se realiza la inscripción de la carroza o coche engalanado y que ejerce la máxima responsabilidad en los trámites y en la participación del vehículo en el desarrollo del desfile), será responsable de la cumplimentación del Formulario de Inscripción (Anexo I), debiendo adjuntar la siguiente DOCUMENTACIÓN:

 

  • DISEÑO en folio a tamaño DIN A4 de la carroza o coche engalanado.
  • MEMORIA DESCRIPTIVA de la decoración de la carroza o coche engalanado, indicando los materiales empleados, métodos de trabajo o cualquier otro dato relevante, así como si estos fueren provistos de orquesta, banda de música, equipo musical u otro tipo de elementos acústicos.
  • Fotocopia del DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD de la PERSONA RESPONSABLE de la carroza o coche engalanado.
  • DECLARACIÓN JURADA facilitada como ANEXO II y firmada por la PERSONA RESPONSABLE de la carroza o coche engalanado, acerca de la veracidad de los datos y la documentación aportada con el impreso de inscripción.
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE facilitada como ANEXO III y firmada por la PERSONA RESPONSABLE de la carroza o coche engalanado, sobre el compromiso de cumplimiento de todas aquellas exigencias técnicas y administrativas, así como de los requisitos y normas de participación establecidos en las presentes bases.
  • Fotocopia del PERMISO DE CONDUCCIÓN DEL CONDUCTOR del vehículo, en el que se acredite que posee la autorización para circular por la vía pública con los vehículos de la clase correspondiente al que participará en el desfile/coso. En caso de no disponer de la identificación a fecha de inscripción, se deberá entregar esta documentación durante el proceso de supervisión e inspección de la carroza.
  • Fotocopia del PERMISO DE CIRCULACIÓN y del documento acreditativo de haber pasado la I.T.V. (en vehículos articulados, se presentará la documentación tanto de la cabeza tractora como del remolque), o en su defecto, CERTIFICADO DE UN TALLER HOMOLOGADO que acredite que el vehículo ha pasado por una inspección de seguridad y que es apto para circular por un recinto autorizado. En el certificado del taller deberá especificarse que se han revisados, como mínimo, los sistemas de SUSPENSIÓN, DIRECCIÓN y FRENADO.
  • Original y copia del SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL que garantice la responsabilidad derivada de la participación en el desfile que cubra a los ocupantes así como los daños a terceros, quedando cubierta la responsabilidad civil por los daños materiales, corporales o perjuicios consecutivos a estos que se ocasionen tanto por la propia carroza como los ocasionados por los participantes que se encuentren en su interior. El límite de indemnización por siniestro será el establecido en el Decreto 86/2013, de 1 agosto, por el que se Aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.
  • Fotocopia del SEGURO OBLIGATORIO DEL VEHÍCULO inscrito y fotocopia del RECIBO DE PAGO en vigor.
  • CERTIFICADO DE REVISIÓN DE LA INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS de que disponga la carroza o el vehículo engalanado.

 

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

 

Quinto. Las dimensiones máximas de cada vehículo serán las siguientes:

CARROZAS COCHES ENGALANADOS
VEHÍCULOS RÍGIDOS VEHÍCULOS ARTICULADOS
o    Longitud: 12 metros.

o    Alto: 4,5 metros.

o    Ancho:

§  Arrecife: 3 metros.

§  Puerto del Carmen: 2,5 metros.

§  Haría: 2,5 metros.

§  Yaiza: 3 metros.

§  Tinajo: 3 metros.

§  Teguise: 3 metros.

§  San Bartolomé: 2,5 metros.

o    Longitud: 16,5 metros.

o    Alto: 4,5 metros.

o    Ancho:

§  Arrecife: 3 metros.

§  Puerto del Carmen: 2,5 metros.

§  Haría: 2,5 metros.

§  Yaiza: 3 metros.

§  Tinajo: 3 metros.

§  Teguise: 3 metros.

§  San Bartolomé: 2,5 metros.

o    Longitud: 5 metros.

o    Alto: 2,5 metros.

o    Ancho: 2metros.

 

Estas medidas se aplicarán tomando como referencia a las personas subidas al vehículo así como incluyendo todos aquellos elementos decorativos, desmontables o no, así como cualquier otro elemento anexo a la carroza o coche engalanado.

 

Sexto. La autorización que otorga el Ayuntamiento de Haría a través de la Concejalía de Festejos, para participar en el desfile de carrozas, se limita al recorrido de la misma a través de las calles San Juan, Fajardo, Encarnación Rodríguez y De La Cilla, La Hoya,  El Palmeral y la calle Las Eras. De igual modo, se habilita el tramo de la zona de la Cuesta del Pozo para proceder con los procesos de comprobación e inspección de carrozas así como ordenar la salida de los vehículos. Fuera de estos recorridos, la circulación por la vía pública deberá ajustarse a lo dispuesto en la legislación vigente, debiendo, en su caso, solicitarse para ello los permisos oportunos ante las autoridades pertinentes.

 

Séptimo. La Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Haría se reserva el derecho de rechazar los vehículos que, a su juicio, no reúnan las características oportunas para mantener el nivel y la calidad del evento.

 

Octavo. Cada carroza o coche engalanado deberá disponer de la identificación de DOS (2) RESPONSABLES DE SEGURIDAD. Estas personas deberán ser mayores de edad y estarán designadas por el Responsable de la Carroza, teniendo como función principal la de velar por el total cumplimiento de las normas interpuestas por las presentes Bases de Participación durante el desarrollo del desfile. El Responsable de la Carroza podrá ser Responsable de Seguridad y, en todo caso, uno de los dos Responsables de Seguridad identificados deberá estar presente en la carroza, o en las inmediaciones de esta, durante el desarrollo de los procesos de supervisión de la carroza o coche engalanado, así como durante el desarrollo del desfile, siendo el único interlocutor válido entre los ocupantes y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Cuerpos de Bomberos, Protección Civil o personal de Organización interviniente en el desarrollo del acto.

 

Las funciones del RESPONSABLE DE SEGURIDAD son:

 

  1. Velar por el cumplimiento de las medidas y normas interpuestas en las presentes bases.
  2. Atender a los requerimientos que se realizasen por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o los Servicios de Protección Civil o Bomberos.
  3. No admitir más ocupantes en el vehículo de los declarados en la inscripción.
  4. No hacer o dejar hacer acciones que supongan riegos para los ocupantes de la carroza o para el público asistente, como por ejemplo subir a lugares del vehículo no permitidos, subir y bajar del vehículo en marcha, hacer fuego, lanzar petardos o similares.
  5. Mantener al equipo de seguridad (responsable de seguridad y personal de auxilio) en todo momento en la carroza o en las inmediaciones de esta.
  6. Comunicar a la Organización, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Servicio de Protección Civil las incidencias o desordenes que pudieran estar produciéndose en el vehículo.

 

Noveno. Todos los vehículos irán flanqueados por, al menos, DOS (2) PERSONAS DE AUXILIO durante todo el recorrido. Este personal deberá ser mayor de edad y estará claramente identificado. Estarán instruidos para el acompañamiento del vehículo tratando de evitar el acercamiento excesivo del público asistente al vehículo, tratando así de garantizar la seguridad de terceros. Este personal deberá obedecer las indicaciones de los miembros de seguridad participantes en el evento ya sean Policía Local, Bomberos, Protección Civil o personal de Organización.

 

Décimo. El orden de salida de las carrozas será determinado por la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Haría. Los números de participación se colocarán en un lugar visible en la parte delantera y lateral del vehículo.

 

Decimoprimero. El INICIO del Coso del Carnaval Medieval está previsto a las 19:00 horas. Todos los vehículos participantes deberán pasar los correspondientes procesos de COMPROBACIÓN e INSPECCIÓN efectuados por la Policía Local, el Cuerpo de Bomberos del Consorcio de Seguridad y Emergencias de Lanzarote y Técnicos Municipales a fin de verificar la correcta disposición de las medidas de seguridad determinadas en las presentes base así como de la documentación de los vehículos.

Para ejecutar dichos procesos de supervisión e inspección se establece el PUNTO DE CONTROL en la zona de la Cuesta del Pozo, siendo los horarios de desarrollo los siguientes:

  • De 14:30 a 15:30 horas los vehículos con números de orden del 1 al 20.
  • De 15:30 a 16:30 horas los vehículos con número de orden del 21 en adelante.

 

Se recuerda la necesidad de que en el momento de realizar la comprobación e inspección de los vehículos participantes, se deberá contar, en su caso, con la presencia de la cabeza tractora, debiendo esta cumplir con los horarios establecidos para el vehículo según el número asignado a la carroza.

 

Decimosegundo. Para comenzar a ejecutar el proceso de comprobación e inspección de la carroza o vehículo engalanado es requisito obligatorio contar con la presencia de la PERSONA FÍSICA RESPONSABLE DEL VEHÍCULO o con el RESPONSABLE DE SEGURIDAD que tenga previsto participar en el desarrollo de la cabalgata y que haya sido identificado en el ANEXO I. MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN. Dicha persona atenderá a todos los requerimientos de los miembros de los organismos encargados de dichos procesos, debiendo disponer de los documentos originales de la carroza o vehículo y, en su caso, de la cabeza tractora. Tendrá la posibilidad de acceder a todos los puntos o espacios del vehículo que se soliciten.

 

El PUNTO DE CONTROL, y por lo tanto el proceso de supervisión e inspección, se finalizará a las 16:30 horas. De este modo, y en ningún caso, se permitirá la participación de la carroza o coches engalanados que no hayan solventado las deficiencias descubiertas en los procesos de inspección y comprobación del vehículo o se presenten el lugar a partir de ese momento.

 

Decimotercero. Antes del inicio de la cabalgata y en cualquier momento del recorrido la Organización controlará mediante los medios oportunos las medidas del vehículo, impidiendo su participación en caso de no ajustarse a las medidas máximas permitidas expuestas en las presentes bases.

 

Decimocuarto. Si durante el desarrollo del Coso del Carnaval Medieval, alguno de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Cuerpo de Bomberos, Protección Civil o personal de la Concejalía de Festejos, observase el incumplimiento de alguno de los requisitos, normas u obligaciones reflejadas en las presentes Bases de Participación, se podrá proceder a ordenar la paralización del vehículo y la bajada de los integrantes, impidiendo su continuación en el desarrollo de la cabalgata.

 

Decimoquinto. Una vez alcanzado la esquina entre las calles De la Cilla y La Hoya, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad requerirán la bajada de todos los usuarios de la carroza, a excepción del conductor y a excepción también de las carrozas del municipio de Haría, a fin de proceder a la retirada de la carroza hacia la zona habilitada en La Cuesta del Pozo. En este mismo punto, se procederá al apagado de la música.

 

Decimosexto. No se permitirá una distancia superior a 20 metros entre las carrozas, vehículos y grupos participantes en el desfile, siguiendo en todo momento las indicaciones del personal de organización.

 

Decimoséptimo. Antes y durante el recorrido queda prohibido a los CONDUCTORES de los vehículos, al RESPONSABLE DE SEGURIDAD del vehículo asignado y al PERSONAL DE AUXILIO, el consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes. La organización dispondrá de los controles necesarios de estos valores, impidiéndose la continuación del vehículo en caso de detectar el incumplimiento de lo dispuesto en este apartado.

 

Decimoctavo. Tanto los Responsables de Seguridad identificados como el Personal de Auxilio de cada carroza, deberán acreditar la formación necesaria en materia de Primeros Auxilios (incluyendo RCP) y de lucha contra incendios (nivel I). Esta formación podrá acreditarse mediante la presentación de los certificados de formación homologados o bien mediante el desarrollo del Curso de Autoprotección en Desfiles de Carrozas impartido por el Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamentos, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote.

 

CONDICIONES TÉCNICAS Y CONSTRUCTIVAS DE LAS CARROZAS Y VEHÍCULOS

Decimonoveno. Las condiciones técnicas que deben presentar todas las carrozas y vehículos participantes son las siguientes:

  • NEUMÁTICOS. Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y características previstas por el fabricante en la homologación del vehículo o sus equivalentes, según lo dispuesto en la reglamentación vigente. Dichos neumáticos deberán presentar unas condiciones óptimas para su uso, prohibiéndose la participación de vehículos con neumáticos desinflados, desgastados o deformados.

Los elementos decorativos o estructurales de la carroza o coche engalanado deberán permitir la total maniobrabilidad de los neumáticos.

  • FRENOS. Todos los vehículos participantes deberán disponer, en cada caso de:
  • FRENO DE SERVICIO: debe permitir controlar el movimiento del vehículo y detenerlo de una forma segura, rápida y eficaz, cualesquiera que sean las condiciones de la velocidad y de carga y para cualquier pendiente ascendente o descendente en la que el vehículo se encuentre. Su acción debe ser regulable.
  • FRENO DE SOCORRO: debe permitir detener el vehículo en una distancia razonable en caso de fallo del freno de servicio. Su acción debe ser regulable.
  • FRENO DE ESTACIONAMIENTO: deben permitir mantener el vehículo inmóvil en una pendiente ascendente o descendente, incluso en ausencia del conductor, quedando mantenidos entonces los elementos activos en posición de aprieto por medio de un dispositivo de acción puramente mecánico.
  • ALUMBRADO. Todos los vehículos participantes, deberán llevar en perfecto estado los siguientes sistemas de alumbrado:
  • Luz de cruce o de corto alcance.
  • Luz de posición delantera.
  • Luz de posición trasera.
  • Luz de marcha atrás.
  • Luz indicadora de dirección.
  • Señal de emergencia.
  • Luz de frenado.
  • Luz de alumbrado interior.

Todos estos elementos deberán cumplir las exigencias técnicas del Anexo X del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

  • GRUPO ELECTRÓGENO. La instalación de un grupo electrógeno debe cumplir los siguientes requisitos:
  • Se recomienda la utilización de equipos electrógenos ubicados en el vehículo remolcado, debiendo estar ubicados en un compartimento aislado de cualquier espacio accesible de la carroza.
  • El compartimento estará debidamente revestido en su interior con materiales ignífugos retardantes, careciendo este de la existencia de elementos o materias combustibles.
  • Debe garantizarse la ventilación del generador, así como la extracción de humos hasta el exterior del compartimento.
  • Este compartimento deberá ser accesible desde el exterior de la carroza y a nivel del suelo, disponiendo de una puerta practicable.
  • El grupo electrógeno deberá disponer de un paro de emergencia practicable desde el exterior de la carroza.
  • Se recomienda disponer de un extintor de disparo automático de 6 kg en el habitáculo del generador.
  • El grupo electrógeno deberá calcularse en función de la potencia eléctrica instalada y del tiempo previsto de funcionamiento, dado que se prohíbe tanto el transporte de combustible en el vehículo como el repostaje durante el desarrollo del desfile.
  • Se recomienda la utilización de grupos electrógenos que empleen gasóleo como combustible, tratando de eliminar el uso de la gasolina dada su mayor peligrosidad.
  • SISTEMA ELÉCTRICO. Todo el sistema eléctrico del vehículo debe estar protegido contra el acceso libre, debe ser estanco y estar protegido de cualquier elemento que produzca cortocircuito. Además, el vehículo dispondrá de una linterna manual ubicada en la cabina.
  • DIRECCIÓN. Todos los vehículos participantes deberán disponer de un certificado que garantice el correcto estado del sistema de dirección.
  • MASA. La masa no debe comprometer la estabilidad del vehículo de manera que produzca un cambio significativo en el centro de gravedad del mismo, ni perjudicar las obras y plantaciones de la vía o constituir obstáculo para su paso bajo puentes, viaductos o instalaciones aéreas.
  • CABEZA TRACTORA. Todo elemento utilizado como cabeza tractora de remolques, semi-remolques, plataformas, etc., deben cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
  • EQUIPOS DE SONIDO. Durante el recorrido, los equipos de sonido deben ir dirigidos en la dirección del coso, colocados en la parte posterior de la carroza. Los altavoces deben dirigirse hacia el siguiente vehículo y solo podrán estar en funcionamiento durante el desarrollo del desfile.

Las carrozas podrán hacer uso de ellos durante su estacionamiento previo, pudiendo alcanzar un máximo de 8.000 vatios, según la Ley de Ruido y las Ordenanzas Municipales.

  • MEDIDAS ANTI EMPOTRAMIENTO Y ATROPELLO. Todos los vehículos destinados al transporte de personas deben estar construidos y/o equipados de manera que ofrezcan en todo su ancho una protección eficaz contra el empotramiento de vehículos que puedan chocar en su parte trasera, así como estar construidos y/o equipados con un sistema o medios tendente a evitar que los peatones o el público asistente se introduzca bajo sus ruedas. De este modo, dispondrán de una separación entre la protección y el suelo no superior a 35 centímetros, excepto en las planchas que deberán estar compartimentadas entre 40 y 50 centímetros.
  • CONFINAMIENTO. El conductor deberá estar ubicado en un habitáculo diferenciado del resto de ocupantes, separados de los mismos mediante mampara o elementos de seguridad que impida posibles proyecciones de objetos sobre el mismo.
  • EVACUACION DE CALOR Y HUMO/GASES. El motor y las piezas de este estarán protegidos del libre acceso de personas, impidiendo que se puedan introducir cualquier objeto que impida su funcionamiento, y a la vez, permita la refrigeración del mismo, recomendándose que la evacuación de los humos/gases de escape se realice a través de la parte inferior del vehículo.
  • BARANDILLAS DE SEGURIDAD. Todos los vehículos que transporte personas, y cuya altura de planta para ellas sea superior a un metro y diez centímetros (1.10), deberán llevar BARANDILLA de, al menos, noventa centímetros (90) de altura, anclada y fijada a la estructura del vehículo.

Las barreras de protección, incluidas las de las escaleras y rampas, estarán diseñadas de forma que:

  • No pueda ser fácilmente escaladas por los niños.
  • No tengan aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 10 centímetros de diámetro.
  • ACCESOS. Todos los accesos a los vehículos deberán estar libres de obstáculos, así como cumplir con las medidas de seguridad, tales como disponer de barandillas para aquellos elementos de más de cincuenta (50) centímetros de altura, colocando un pasa-manos en los lados libres.

Las escaleras deben estar operativas, tanto para el acceso como para la salida de personas del vehículo, y todas ellas con al menos ochenta (80) centímetros de ancho.

Los vehículos cerrados, aquellos de más de 12 metros y los que tengan un aforo superior a cincuenta (50) personas, deberán tener DOS (2) ENTRADAS-SALIDAS totalmente libres, a una distancia no superior a 6 metros, para que, en caso de evacuación se pueda realizar con seguridad.

  • CARGA Y ELEMENTOS. Todos los elementos, cargas u objetos que se encuentren sobre la plataforma del vehículo deben estar perfectamente anclados al mismo, para evitar desplazamientos o caídas.

Todos los elementos que tengan acceso libre a personas, no presentarán aparatos, dispositivos y/o cualquier material que puedan causar lesiones, tales como aristas, ángulos, bordes, etc.

  • VISIBILIDAD. El conductor tendrá visibilidad TOTAL sobre el espacio de la vía por la que circula el vehículo. Los vehículos deberán disponer de los espejos retrovisores oportunos. En caso de no cumplir con este criterio, deberán disponer de DOS (2) PERSONAS DE AUXILIO MÁS con funciones especificas de guía y apoyo al conductor.
  • AFORO. Para el cálculo del aforo máximo de personas en plataforma libre del vehículo, se aplicará el criterio de 2 personas / m2, no pudiendo sobrepasar dicho aforo en ningún momento del trayecto, mientras el vehículo se encuentra en el interior del recorrido del desfile.
  • DECORACIÓN. Se recomienda que todos los elementos decorativos estén construidos con materiales ignífugos y que los elementos con puntos de anclaje sean fácilmente desmontables. En todo caso, en la carroza se dispondrá de las herramientas necesarias para un desmontaje rápido de estos elementos en caso de necesidad.
  • EXTINCIÓN DE INCENDIOS. Todos los vehículos deberán disponer de, como mínimo, UN (1) EXTINTOR DE EFICACIA 21A – 113B (ABC) y UNO (1) MÁS si la carroza dispone de más de 8 metros de longitud. Además, de lo anterior, dispondrá de UN (1) EXTINTOR DE 6 KG DE CO2, en caso de disponer de instalación eléctrica. Estos elementos deberán estar en perfecto estado de uso, con la revisión actualizada. Se colocarán en un lugar visible y accesible de la carroza o vehículo, debiendo estar claramente señalizados y sujetos a paramento vertical. Al menos, el Responsable de Seguridad de la carroza o coche engalanado deberá conocer el funcionamiento del mismo.
  • SOLUCIONES ALTERNATIVAS. Se entiende por soluciones alternativas aquellas que se aparten total o parcialmente de estas bases. Se podrán adoptar siempre que se justifique documentalmente por un técnico competente, que el vehículo cumple las exigencias básicas de estas bases, fundamentado que sus prestaciones son al menos, equivalentes a las que se obtendrían por aplicación de las mismas. Estas soluciones alternativas serán valoradas por la entidad organizadora, en base a las condiciones del desfile a desarrollar.

PROHIBICIONES Y CONDICIONANTES ESPECÍFICOS EN LA PARTICIPACIÓN

Vigésimo. Las prohibiciones y condicionantes específicos de la participación en el Coso del Carnaval Medieval en Haría 2018, son las siguientes:

  • Se prohíbe tanto el uso como el transporte en el vehículo de cualquier tipo de elemento pirotécnico u objetos con llamas incandescentes, antorchas, velas, petróleo, gas o cualquier otra clase de combustible.
  • Se prohíbe tanto el uso como el transporte en el vehículo, a lo largo del recorrido de la cabalgata, de cualquier elemento que sea origen de un foco de calor o llama como planchas de gas o barbacoas.
  • Se prohíbe el uso y transporte de combustibles de reserva, a fin de eliminar los riesgos generados por su manipulación, almacenamiento o repostaje. De este modo, no podrá existir combustible extra en la carroza, disponiendo únicamente del almacenado en el depósito del grupo electrógeno.
  • Se permite arrojar serpentinas, confetis o similares desde los vehículos o carrozas, prohibiendo el lanzamiento de elementos que pudieran ocasionar algún daño a los espectadores.
  • Se prohíbe el lanzamiento de caramelos u otros similares, si se tuviera la intención de distribuir entre el público asistente este tipo de productos se deberá realizar en mano y por personas a pie.
  • Se prohíbe la participación de animales durante el recorrido de la cabalgata tanto en el interior como en el exterior de la carroza.
  • Se prohíbe el desarrollo de barbacoas a lo largo del recorrido de la cabalgata.
  • Se prohibirá la participación de carrozas o vehículos que dispongan de una cabeza tractora no adaptada o acondicionada para el arrastre o que a criterio del personal de los procesos de inspección y comprobación de carrozas, no presenten garantías para el remolque de la carroza a través de todos los espacios a emplear por el desarrollo del evento.
  • No se permitirá por la propia naturaleza del evento, la partición de carrozas cuyo fin no sea estrictamente lúdico y festivo.


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